Banco Popular en el año 2009 comercializó de forma masiva entre sus clientes un producto de inversión complejo y de mucho riesgo. La entidad no tuvo en cuenta en el momento de comercializar ese producto el perfil de riesgo ni la experiencia inversora de los clientes.
Los Bonos Convertibles consisten en un instrumento de deuda que emitió Banco Popular por el cual el cliente invertía una determinada cantidad y a vencimiento se convertían forzosamente en acciones de dicha entidad a un precio prefijado. El vencimiento de dicho producto era el año 2013 pero ante la caída de la cotización de las acciones de Banco Popular, el banco decidió prorrogar dicha fecha hasta el 25 de noviembre de 2015.
El precio al que se convirtieron dichos bonos en acciones fue de 17,75€ la acción cuando en la actualidad la acción de Banco Popular cotiza a 3,67€ la acción, de modo que el perjuicio que han sufrido todos los suscritores de dicho producto ha sido cuantioso.
Recientemente, el 17 de junio de 2016, el Tribunal Supremo dictó la primera Sentencia considerando nulo el contrato de suscripción de dichos Bonos al considerar que su comercialización fue irregular ya que tratándose de un producto complejo y arriesgado deberían haberse respetado los niveles de protección que dispensa la legislación a los clientes minoristas.
Dichos Bonos han afectado a unas 22.000 personas las cuales han perdido cerca de 700 millones de euros.